Alvarez & Cuebas, CPA, LLC

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* Fecha límite para solicitar el Programa: La Carta Circular no establece fecha, pero indica lo siguiente: Cabe señalar que los pagos por concepto de la compensación adicional (“Premium Pay”) que se dispone en esta Carta Circular están sujeto a la disponibilidad de fondos asignados al Programa, y, por lo tanto, los desembolsos se realizarán a base de primero en tiempo, primero en derecho (“first come, first served”).

Este Programa será solicitado a través de SURI por cada Patrono Elegible a favor de sus Trabajadores Elegibles.

* Premium Pay: El beneficio será de $2,000 para cada Trabajador Elegible.

Aquí le compartimos algunas de las definiciones según el Programa:

a) Patrono Elegible:

1. Ser un patrono del sector privado, sea bajo un negocio individual, una sociedad o una entidad jurídica;

2. El negocio debe haber estado operando durante el año natural 2020 y estar en operación al momento de someter la solicitud bajo el Programa;

3. El negocio debe estar dedicado a una de las siguientes actividades: servicios de seguridad, servicios de salud o profesionales de la salud brindado directamente a pacientes, supermercados, colmados, farmacias, transporte de carga y entidades sin fines de lucro que brindan servicio directamente a la comunidad; y

4. El negocio debe tener vigente su Certificado de Registro de Comerciante con el Código NAICS requerido.

b) Trabajador Elegible:

1. El empleado o trabajador ha devengado un salario base o compensación anual menor de $40,000 para el año calendario 2020 o 2021; y

2. Al momento de someter la solicitud, el empleado o trabajador está activo trabajando para un Patrono Elegible y, además, ha completado al menos quinientas (500) horas de trabajo esencial de manera presencial desde el 1 de marzo de 2020, realizando trabajo esencial.

c) Trabajo Esencial:

1. El Trabajador Elegible realiza funciones críticas en la continuidad de las operaciones esenciales y necesarias para salvaguardar el bienestar y la salud pública de los residentes de Puerto Rico; y

2. El Trabajador Elegible cumple con alguno de los siguientes criterios:

a. Realiza funciones o labores que implican interactuar regularmente con pacientes o con el público en general de manera presencial;

b. Realiza funciones o labores que implican el manejo de inventario físico y de artículos utilizados, o que serán utilizados, por pacientes o el público en general; o

c. Es compañero de trabajo de una persona natural que cumpla con cualquiera de los criterios 2(a) o 2(b) antes indicados, y que también trabaja de forma presencial para el mismo Patrono Elegible.

Puede comunicarse con nosotros al 787-650-8703 para consultas sobre éste y otros temas contributivos. Estamos a sus órdenes.

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